Daniela pregunta:
Última respuesta: 14-12-2023
Buenas tardes.
Estoy por alquilar una casa y me gustaría saber a quien corresponde pagar el seguro de hogar. Gracias por su respuesta.
Categorías: Hogar
México, Ciudad de México, Morelos
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Pueden ser tanto la persona que renta y cubre sus pertenencias o tambien puede ser el propietario pero en este caso puede ser solo RC ( resposabilidad Civil)
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Los pueden pagar tanto el propietario como el arrendatario pero esto depende de las condiciones en que se firma el contratao de arrendamiento
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Hola buen día un gusto te contactes por este medio el seguro de casa habitacion depende la negociación entre el inquilino y el dueño de la propiedad sin embargo a tocado que el dueño pague como dueño su edifico y tú pagues otro por responsabilidad civil y tus bienes dentro del inmueble
Puebla
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El seguro de HOGAR VERSATIL de GNP para inquilinos ofrece coberturas que pagan el valor de los contenidos por siniestro (incendio, terremoto, inundación), responsabilidad civil, robo de bienes en tránsito (celulares, lap tops, etc), equipo electrónico, joyería, objetos de arte, rotura de cristales, asistencia médica, para el hogar (plomero, electricista, cerrajero) y apoyo en extravio de mascotas o funerario. Permíteme explicarte mas a detalle todos los beneficios de contar con la protección en tu hogar aunque no sea tuyo. En GNP nos esforzamos más.
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Como tal no hay un deber ser en quién debe pagar el seguro de hogar, puede ser tanto inquilino como arrendador, depende de cómo lo hayan negociado.
Ahora bien, una buena práctica es que el arrendatario tiene una póliza que protege al inmueble, cuyo costo ya está incluido en el costo de la renta. Y el inquilino contrata una póliza que protege sus pertenencias, muebles, electrónicos, etc. Esa corre por cuenta del inquilino
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En un alquiler, por ejemplo residencial, el propietrio debe tener su propia póliza y declarar que es arrendador, lo cual solo va a cubrir los daños a la construcción mas no los contenidos. Mientras que el inquilino debe contratar de forma independiente su propia póliza declarando que es arrendatario y donde solo podrá cubrir los daos a terceros, la responsabilidad civil de arrendatario y todos sus contenidos.
Es muy importante que ambos declaren la figura que representan ya que puede ser causa de rechazo del siniestro.
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Como arrendatario, su responsabilidad es dejar el bien inmuebla igual o mejor de como lo recibió. Por lo que en cualquier accidente que afecte al inmueble, si lo dispone la autoridad, será su responsabilidad pagar las reparaciones para dejarlo intacto. Esto supone pagar dinero que no se tiene normalmente.
Existen seguros de casa como arrendatario, donde la cobertura de responsablidad civil cubre precisamente cualquier responsabilidad por accidente que pudiera ocasionarle daños al inmueble. Es decir, la aseguradora le pagará al dueño del inmueble (o su administrador legal) los montos para reponer el inmueble por accidente y que sea responsablidad de la persona o familia del que renta el inmueble.
Normalmente no hay deducible ni coaseguro, pero depende de cada aseguradora. La suma asegurada por la responsablidad civil es variable, por lo que se recomienda encarecidamente asesorarse con un agente de seguros especializado en la materia, para no qudar corto a la hora del pago de los daños, o ver si necesita alguna cobertura especial por el tipo de inmueble, como puede ser un condominio,
Ahora bien, el edificio como tal es responsabliidad de asegurarlo por parte del dueño del inmueble, si es que desea proteger su patrimonio. Así como al que renta solo le corresponde el seguro de sus contenidos, si es que también quiere protección de su patromonio, pero no por el edificio ya que no es dueño del mismo..
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Hola, que tal.
La respuesta correcta sería: a los dos.
El arrendador (dueño del inmueble) debe asegurar los daños que puedan ocurrirle al inmueble por incendio, terremodo o fenomenos hidrometeorológicos; es decir lo que pueda dañar a su propiedad dado que él es el dueño.
El arrendatario (quien habita el inmueble) debe asegurar, además de Responsabilidad Civil, los contenidos que sean de su propiedad.
Si necesitas aclarar más dudas contáctame al siguiente correo y con gusto te puedo ayudar:
Saludos!