Gabriela pregunta:
Última respuesta: 10-09-2024
Buenas tardes. Tengo una duda sobre el seguro de vida colectivo que paga la empresa mensualmente. ¿Qué documento fiscal debe expedir la aseguradora cada mes? Gracias.
Categorías: Vida
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Por tratarse de un seguro contratado por la empresa, además de que los contratos de seguro son por un año, las aseguradoras facturan por todo el año, y mensualmente al hacer su pago deberán expedir una factura de complemento de pago.
Al tratarse de un seguro de vida, a la factura no se le aplica IVA,
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En el caso de las pólizas de grupo las facturas se emiten a nombre de la empresa no de los integrantes de la póliza
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El documento fiscal que debe expedir la aseguradora cada mes por el seguro de vida colectivo que paga la empresa es la "Factura". Esta factura debe detallar los pagos mensuales realizados por la empresa en concepto de primas de seguro para cubrir a los empleados o miembros del grupo asegurado.
La factura debe incluir información relevante, como el nombre y la información fiscal de la empresa, el nombre de la aseguradora, el número de póliza o contrato, el período de cobertura al que corresponde el pago y el monto de la prima mensual. También debe especificar los impuestos aplicables, como el IVA (Impuesto al Valor Agregado), si corresponde.
Es importante que tanto la empresa como la aseguradora mantengan registros precisos de estas facturas, ya que son documentos importantes para el cumplimiento fiscal y contable. Además, es recomendable consultar con un contador o asesor fiscal para asegurarse de que se cumplan todos los requisitos fiscales y contables aplicables en tu jurisdicción.
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Hola, en el caso de tu pregunta, la aseguradora deberá expedir una factura, que es el documento fiscal que le permitirá a la empresa realizar la deducción correspondiente por el pago del seguro.
Dicho comprobante deberá estar a nombre de la empresa no de los asegurados.
Quedo a tus órdenes si tienes más dudas al respecto.
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Gracias por tu pregunta.
Existen dos visiones a la pregunta.
1. Si la pregunta es como trabajador, que comprobante fiscal te van a entregar por el seguro colectivo, no hay ningún documento fiscal, ya que el contratante de la póliza es la empresa, la empresa es la encargada de los movimientos en la póliza, como incluir asegurados o excluir asesgurador o coberturas.
2. Si la pregunta es como empresa contratante de la póliza, aquí la compañia si te puede entregar un comprobante fiscal que es una factura que para la empresa es 100% deducible de impuestos ya que es una prestación al colaborador y estas prestaciones son 100% deducibles y no necesariamente están topadas estas aportaciones a seguros de vida colectivos.
Otro punto que tienes que conocer es que no todas las compañias de Seguro puedes pagar de forma mensual, ya que ellas eligen las formas de pago, algunas la forma de pago puede ser trimestral, semestral o anual.
Espero sea de utilidad la respuesta.